Si bien la historia comenzó con la era de Eduardo Schiantarelli, las posteriores dirigencias sabiendo de las ilegalidades cometidas se han hecho de la vista gorda
LA
CRISIS DEL VOLEIBOL PERUANO CONTINÚA
La
dirigencia de César Vertiz fue reconocida por Arturo Woodman hasta el 2008 
Como
ha pasado el tiempo, más de cinco años (10 de Julio de 2001), desde que el voleibol
peruano sufriera aquella suspensión de la FIVB, para participar en los Torneos
Continentales o Mundiales al considerar que hubo intervención política
sobre uno de unos asociados, sin embargo a pesar que todo volvió a la aparente
normalidad cuando se realizo la “elección” mediática de una nueva
directiva de la Federación Peruana de Voleibol, el 29 de setiembre de 2002,
aún la promocionada unidad del voleibol peruano no se
da.
Como se recuerda la Federación Internacional de Voleibol nombró un Comité de Unidad del Voleibol Peruano que fue presidido por el Sr. Edgardo Colunge y que contó con la presencia de la ex seleccionada Sra. Luisa Fuentes y el Sr. Rodolfo Cremer (fallecido 2006), quienes llevaron a cabo el proceso electoral, donde fue elegido en lista única, el actual Presidente de la Federación Peruana de Voleibol César Vértiz para el periodo 2002 - 2006, supervisado por el veedor colombiano Rafael LLoreda, pero, ello, no bastó para unificar al voleibol peruano porque hay muchas heridas abiertas que no han cicatrizado por culpa de los responsables de esta crisis.
DOS
FEDERACIONES DE VOLEY EN REGISTROS PÚBLICOS
Revisando nuestros archivos, y que en su momento fueron comentados y analizados, nos damos cuenta que el IPD desde el principio de esta historia violó la ley, y lo que es peor oficialmente.
Cuando estaba vigente la Ley 27159 y el Presidente del IPD era el
Dr. Eduardo Schiantarelli, así lo demuestra la Resolución
Nº 072-2001-PE/CD-IPD del 07 de setiembre de 2001, el
IPD aprobó los Estatutos y reconoció como federación a una junta directiva de
una agrupación denominada Asociación
Deportiva de Voleibol, que tenía como Presidenta a Teresa Carmen Pimentel
Peschiera, por un
periodo de cuatro años. La afirmación de desacato a la Ley se fundamenta al tomar nota del
anexo del Glosario de Definiciones de la fenecida ley que dice: “Una Asociación
Deportiva es una Agrupación organizada de personas naturales o jurídicas con
fines deportivos, debidamente inscrita en la respectiva federación deportiva y
en el Registro Nacional del Deporte”.
Como
es fácil deducir una Asociación que no es una federación no podía ser la
entidad rectora del voleibol peruano porque la misma ley fue clara en su artículo
21º sobre lo que era una Federación Deportiva Peruana. En su inciso 21.1,
indicaba que “las federaciones deportivas peruanas son los órganos rectores
de una determinada disciplina deportiva. (...) Se rigen por lo dispuesto en la
presente ley, el Código Civil, la normatividad internacional, sus estatutos y
Reglamento”. Sin embargo el IPD determinó que una Asociación ajena dirija
los destinos del deporte de los mates.
Otro
hecho, que muchos dicen desconocer y que no se puede borrar porque existen
documentos tangibles que figuran en los Registros Públicos de Lima y el Callao
es que la Federación Peruana de Voleibol tiene dos inscripciones. La primera
presidida por el Sr. Eugenio Maestri Isola quien tiene una partida registral con
el Nº 11314665 en el Registro de Personas Jurídicas, Constitución de
Asociaciones del título Nº 0155270 de fecha 21/08/2001 correspondiente a la
Asociación Civil Deportiva Federación Peruana de Voleibol, cuya duración es
indefinida y cuya directiva fue elegida por un periodo de cuatro años. La
otra inscripción es del Sr. César Vértiz de fecha
26/12/02 con la partida registral
N 11306879 y el título 00241799 correspondiente a la Federación Peruana de
Voleibol, en la que es elegido para el periodo 2002 al 2006, por la Asamblea
General del 21.12.02, al ser aceptada la renuncia de la directiva anterior
presidida por Carmen Pimentel en la Asamblea General del 07.12.2002.
Esto
demuestra que el proceso electoral con presencia de un veedor internacional que
se realizó el 29 de setiembre de 2002 fue un show para dejar contento a la
FIVB, pero la realidad es que si César Vértiz no contaba con una Asociación no
podía ser válida su elección para recibir el reconocimiento nacional del IPD.
La
única
lista que se presentó ante el Comité Electoral FPV presidido por Juan
Carlos Cicala con fecha 19 de Agosto de 2002 y que postuló en aquel Congreso
Universal fue la de César Vértiz como Presidente, en la Vicepresidencia Carmen
Pimentel, como Secretario Jorge Aguilar, Tesorero Eloy Ramírez y Vocales Juan
Castro, Carlos Ganoza, Cenaida Uribe y Alonso Miranda. Pero según indica la
partida registral de César Vértiz (Nº 11306879), hubo otra elección
y se
produjo el 21 de diciembre de 2002, entonces cabe preguntar: dónde quedaron
todos los votos de las bases del voleibol peruano; además en esta nueva elección
hubo cambios y figuran sólo como vocales Juan Castro y Carlos Ganoza, mientras
que Cenaida Uribe ahora era primer suplente y Javier Flores Cuadros un nuevo
miembro que se unió como segundo suplente.
¿Cómo
hizo Registros Públicos para dar pase a dos asociaciones con el mismo nombre,
si hay prohibiciones al respecto?. Esta respuesta sólo la tiene Registros Públicos.
En
el Decreto Supremo Nº 002 – 96 – JUS donde se refiere al Índice de Reserva
de Preferencia Registral del nombre, denominación o razón social en su
articulo 9º dice que procede la denegatoria a la solicitud en los
siguientes casos: a) Cuándo
hay identidad o similitud con otro nombre, denominación o razón social
ingresados con anterioridad a los índices del Registro de personas jurídicas,
b) cuando hay identidad o
similitud con nombres comerciales o notoriamente conocidos, c)
cuando hay identidad o similitud con nombres de instituciones u organismos públicos?
Además se indica que la similitud incluye el uso de género, número y distinto
orden de palabras comprendidas en otro nombre, denominación o razón social. En
todo caso, el registrador puede denegar una solicitud cuando aprecie otras
circunstancias que pueden llevar a similitud en el nombre, denominación o razón
social.
La Asociación
de Eugenio Maestri
En
este caso, el primero que presentó Reserva de la denominación Asociación
Civil Deportiva Federación Peruana de Voleibol (Título
Nº 128631) fue Eugenio Maestri con fecha 12 de Julio de 2001 y
luego el 16 de julio de 2001 se pone en conocimiento del IPD, sobre la reserva
solicitada (Exp IPD Nº 11700) y ese mismo día la ORLC concede dicha reserva,
posteriormente el 02 de agosto de 2001 en conferencia de prensa Eugenio Maestri
anuncia convocatoria pública a todos los interesados en elecciones para
constituir la FPV: “Incluso la de Carmen Pimentel, César Vertiz y otros
interesados en participar”.
El
18 de Agosto de 2001, en el local del Círculo de Periodistas Deportivos, se
produce la Asamblea de constitución de la Asociación Civil Deportiva Federación
Peruana de Voleibol, en la que se aprueba los Estatutos y la elección del
Consejo Directivo. El 20 de Agosto ingresa la Minuta en la Notaria de Luis Roy
Parraga Cordero y el 21 de agosto de 2001 ingresan los partes notariales
de Escritura pública de Constitución de la Asociación Civil Deportiva
Federación Peruana de Voleibol. Título Nº
155270. Sin embargo a pesar que hubo dos observaciones recabadas por la
parte interesada el 27 de Agosto de 2001 y otras dos observaciones más el 6 de
setiembre, luego de levantarse dichas observaciones el 27 de setiembre de
2001 la Oficina Registral de Lima y Callao (ORLC) inscribe la Asociación de
Eugenio Maestri con la Partida Nº 11314665, a pesar que ya el 07 de setiembre
de 2001 el Presidente Ejecutivo del IPD Eduardo Schiantarelli había aprobado el
reconocimiento de la Asociación Deportiva de Voleibol de Carmen Pimentel,
mediante la resolución Nº 072 – 2001- PE / CD- IPD, expuesta en
conferencia de Prensa.
Asociación de Carmen Pimentel
En
lo que respecta a Carmen Pimentel de quien su Asociación le da vida a la
dirigencia de César Vertiz, la historia comienza con una Asamblea de Fundación
de la “Asociación Civil Deportiva Federación Peruana de Voleibol”, el 11
de julio de 2001 a las 14 horas en la que se convoca a representantes de
Ligas Distritales y Provinciales de Voleibol y cuya reunión dura hasta el 12
de julio a las 10.00 horas, efectuándose minutos después, la instalación
del Consejo Directivo Presidido por la Sra. Teresa Carmen Pimentel Peschiera.
El
libro de Actas de dicha Asamblea fue legalizado por el Notario
Julio Antonio Del Pozo Valdez bajo el Nº 005899 –01 e ingresó el 13 de
julio de 2001 a la referida Notaria Minuta de Constitución con la referida
denominación y ese mismo día también ingresa los partes notariales de
Constitución bajo el título Nº 130190 a
la Oficina Registral de Lima y Callao (ORL), pero después el 20 de julio de 2001
ese título en su anexo 7, es observado por el Registrador Público Miguel
Ángel Delgado Villanueva porque indica que: Existe prioridad
de la reserva de la denominación efectuada, el 12/07/01 con título Nº 128631.
Por lo que la denominación le corresponde al título antes mencionado
(perteneciente a la Asociación Civil Deportiva Federación Peruana de Voleibol,
presidida por Eugenio Maestri), además señala que solo puede existir una
Federación Deportiva Peruana por cada disciplina deportiva. Asimismo el
Registrador Público añade que “el título
Nº 130190
materia de calificación corresponde por su contenido a una federación
deportiva, toda vez que de la lectura del articulado de su estatuto, se
desprende su característica de órgano rector de la disciplina deportiva del
Voleibol”. También se observa que es requisito para constituir una
federación deportiva peruana obtener el pronunciamiento favorable del IPD sobre
su estatuto.
Debido
a esas y otras observaciones del referido anexo (7) es que el 26 de julio de
2001, se realiza la primera Asamblea General Extraordinaria de Carmen
Pimentel para subsanar las observaciones, y acuerdan: “por unanimidad modificar
el nombre de la Asociación, de Asociación Civil Deportiva Federación
Peruana de Voleibol a Federación Deportiva de Voleibol del Perú y suprimir la
sigla (FPV), y modificar el artículo primero del estatuto, con la finalidad de
permitir la inscripción de la Asociación”, según se consigna en la
Escritura pública folio treintitres mil
trescientos treintiseis de la
Serie A Nº 5915480 que da fe, el Notario J. Antonio Del Pozo Valdez.
En
el acuerdo 2) de esa Asamblea, se indica: “En cuanto a la exigencia del artículo
21º inciso 2. literal a, de la Ley General del Deporte, cuyo tenor señala. ‘Obtener
un pronunciamiento favorable del IPD sobre su estatuto’, se
precisó que el IPD emitirá ese pronunciamiento después que se inscriba
la Asociación en el Registro de Personas Jurídicas. La Asociación se
constituye por voluntad de los asociados, se materializa en una escritura pública
y se inscribe en el Registro de Personas Jurídicas. Registro de Asociaciones,
luego de ello, el Instituto Peruano del Deporte, si encuentra arreglado a los
fines del deporte los Estatutos de la Asociación, emitirá el pronunciamiento
favorable con lo cual se dará por cumplido la exigencia del artículo 21º
inciso 2.literal a, de la Ley General del Deporte”.
Como se observa, el IPD no sólo mostró su abierta preferencia por Carmen Pimentel, sino lo más grave es que asesoró a una de las partes en conflicto que en ese momento eran tres, también materializo con documentos su apoyo, ahondando con sus actos aun más la división del voleibol peruano.
Sin
embargo la modificatoria del nombre en la asamblea del 26 de julio, para
cambiar la denominación de Asociación Civil Deportiva Federación Peruana de
Voleibol a Federación Deportiva de Voleibol del Perú al final no se concretó.
El 03 de Agosto de 2001 la Sra. Carmen Pimentel efectúa reserva
de la denominación “Asociación Deportiva de Voleibol” con el título
Nº 143008, ante la imposibilidad de
obtener el nombre de Federación Peruana de Voleibol.
El
20 de agosto de 2001 ingresa a la Notaria Julio Antonio Del Pozo Valdez
con Kardex Nº 62298 la minuta de aclaración a las observaciones efectuada por la asamblea del 26 de julio
de 2001, y registros (ORLC) observa nuevamente
el título de Carmen Nº 130190, al
negarse a inscribir cualquier denominación que contenga el término “FEDERACIÓN”
por existir una reserva de la denominación para otro título, en este caso de
Maestri.
No
obstante el 22 de agosto de 2001 se produce una 2da Asamblea
General Extraordinaria, desde las 14.00 horas hasta las 23.00 horas para
modificar la denominación a “Asociación Deportiva de Voleibol”, y ese
mismo día ingresa a la notaria Julio Antonio Del Pozo Valdez con Kardex 62344
la Aclaración de Escritura Pública con minuta autorizada por la Dra. Leonor
Belaunde Prado. Sin embargo sospechosamente en tiempo récord el 24 de agosto
de 2001 el Dr. Miguel Ángel Villanueva Registrador Público
da por inscrita la constitución de la Asociación Deportiva de Voleibol
en el asiento Nº 1-A de la partida 11306879
del Registro de personas jurídicas de Lima, aprobando sus Estatutos propios
de Federación y calificando en contra de sus propias observaciones.
Así
que la asociación de Pimentel al recibir el visto bueno de Registros Públicos,
recibe el reconocimiento del IPD (07/09/01) por un periodo de cuatro años
para ejercer la representación nacional de su disciplina, mediante la Resolución
Nº 072-2001- PE / CD-IPD que es publicada en
el diario oficial El Peruano, el 12 de
setiembre de 2001, día en que Carmen Pimentel toma posesión del local de la
Federación Peruana de Voleibol.
Posteriormente
hubo una Asamblea General Extraordinaria del 27/10/2001, en la que se
acordó: “Modificar la denominación de la ASOCIACIÓN DEPORTIVA DE
VOLEIBOL A FEDERACIÓN PERUANA DE VOLEIBOL, y como consecuencia de
ello se modificó los artículos1, 4, 45 y 75 del Estatuto, los que en adelante
tendrán el siguiente tenor literal: ARTICULO 1. - FEDERACIÓN
PERUANA DE VOLEIBOL, (...)”.
Los
que fueron elevados por Escritura publica del 19/11/2001 en el Notario Dr. Julio
Antonio Del Pozo Valdez y presentados ante Registros Públicos el 20/11/01 según
consta en el folio A 00002, rubro generales de Registro de Personas Jurídicas
de la Inscripción de Asociaciones Federación Peruana de Voleibol con el
Nº de Partida registral: 11306879.
Asimismo
la Anotación de Inscripción en Registros públicos registra el título
Nº 00214697 con “la modificación de Estatutos de Asociaciones en la
partida Nº 11306879” de fecha
20/11/2001.
En
consecuencia el IPD, sin más obstáculos en el camino, se ratifica en su decisión
de continuar con su apoyo a Pimentel y mediante la Resolución
Nº 082-2001-PE/CD-IPD de fecha 19 de diciembre de 2001, firmada por
Eduardo Schiantarelli entonces Presidente Ejecutivo del IPD, resuelve en su artículo
único: “Aprobar la modificación parcial del
Estatuto de la “Asociación Deportiva de Voleibol”, materia de la Resolución
Nº 072-2001-PE/CD-IPD de 07 de septiembre de 2001, contenida en sus artículos
1,4, 45 y 75, respecto al cambio de su denominación por la de “FEDERACIÓN
PERUANA DE VOLEIBOL”: la misma que ha quedado inscrita en la partida Nº
11306879 del registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y
Callao, según Testimonio de fecha 19 de Noviembre del 2001, que forma parte
integrante de la presente Resolución”.
LA FIVB Vs. IPD
Luego
de esta acción ilegal, la propia FIVB en carta dirigida por su Presidente Dr.
Rúben Acosta al entonces Jefe del IPD Dr. Eduardo Schiantarelli, el 18 de setiembre de 2001, le ratifica su
posición sobre la situación del voleibol peruano: “Muy Señor nuestro, Hemos
recibido su fax de fecha 12 de setiembre de
2001, en el cual nos anexa la publicación del reconocimiento que Ustedes
otorgan a una Asociación Deportiva de Voleibol como Federación Deportiva
Peruana. Lamento ratificar a Usted que esta Federación Internacional no está
autorizada a aceptar intervenciones en la Gestión de Federaciones Nacionales,
por lo que agradecemos tomar nota de lo siguiente:
La
FIVB no puede reconocer ninguna Federación Nacional de Voleibol mientras el
Instituto Peruano del Deporte o cualquier otro órgano Gubernamental tenga
autoridad para intervenir en la administración de la Federación de Voleibol.
En
el momento en que el Deporte Peruano garantice la libertad administrativa y de
gestión como Asociación Civil de nuestra Federación Nacional sin la amenaza
de desconocimiento por parte de ese Instituto o de algún otro ente
gubernamental, entonces procederemos a reconocer la Federación Peruana que
Preside el Señor César Vertiz Mezzano, ninguna otra Asociación podrá ser
reconocida para representar a Perú en el seno de la FIVB”
Pero
Eduardo Schiantarelli quien pensaba que la crisis del voleibol peruano “era
una cuestión de interpretación”, no
contento con esa respuesta se dirige nuevamente a la FIVB con fecha 20 de
septiembre de 2001 y Rúben Acosta le responde rechazando nuevamente su pedido:
“Acuso
recibo de su Oficio de fecha 20 de setiembre en el cual nos comunica su deseo de
instalar una nueva Asociación con las Funciones de Federación Peruana de
Voleibol. Para los efectos necesarios, comunicó a Usted que su Asociación de
Voleibol no podrá tener ninguna intervención en competiciones internacionales
de Voleibol. Las puertas de nuestra organización seguirán abiertas para una
Federación Peruana de Voleibol que cumpla con nuestros estatutos y pueda regir
el voleibol de Perú sin este tipo de ingerencias que sólo perjudican al pueblo
peruano”.
Ante
este nuevo fracaso de la gestión de Schiantarelli por imponer a una Asociación
“espurea” como en algún momento la propia FIVB calificó a la Asociación
de Pimentel (23/10/2001), la lucha por el poder continuó entre Carmen Pimentel,
Eugenio Maestri, y César Vertiz, quien para la FIVB, éste era su único
representante por haber sido elegido en el seno del local de la FPV, puerta 15
tribuna norte del Estadio Nacional.
¿CÓMO
SE INICIÓ LA CRISIS DEL VOLEIBOL?
Se inició
el 2 de abril de 2001 cuando el Instituto Peruano del Deporte mediante
la Resolución Nº 140-PE-IPD-2001 dispuso que todas las federaciones realicen
elecciones y adecuen sus estatutos a la Ley General del Deporte 27159, en un
plazo máximo de treinta días desde la vigencia de esta resolución, en caso
contrario la inscripción de las federaciones y/o comisiones en el Registro
Deportivo del IPD caducaría y no podrían ejercer la representación de su
disciplina.
La ley 27159 publicada el 27 de julio de 1999, en su tercera disposición complementaria, daba un plazo de noventa días a partir de su publicación para que todas las federaciones adecuaren sus estatutos a las disposiciones de la referida Ley, sino sucedería lo que indicaba la Resolución del IPD 140. Habían transcurrido ya dos años de vigencia de esa Ley y no se había cumplido habiendo pasado las dirigencias de Jorge Galli (en su gestión se aprobó esa Ley) y Teófilo Cubillas (99-2000) y cuando ingresó Eduardo Schiantarelli el 6 de enero de 2001 quiso hacer cumplir a como de lugar la Ley pero no midió las consecuencias de sus actos.
La directiva de la Federación Peruana de Voleibol, entonces presidida por el señor Víctor Manyari, fue designada como comisión Transitoria por Eduardo Schiantarelli con fecha 18 de Abril de 2001, aunque ésta durante más de dos años ejerció como directorio de la FPV junto a Mambo Park en la Vicepresidencia, uniéndose por renuncia José Carlos Dextre (tesorero), José Antonio Mendieta (secretario) y Eduardo Reategui (vocal), quienes fueron nombrados por Jorge Galli de acuerdo a la Ley 328, en mayo de 1999, pero como esta directiva nombrada por Schiantarelli no cumplió con el proceso electoral en el plazo determinado, el IPD excluyó a dicha junta del Registro Deportivo Nacional, mediante la Resolución Nº 023 –2001-PE/CD – IPD con fecha 5 de Julio de 2001, declarando la caducidad de inscripción de la Federación Deportiva Peruana de Voleibol en el Registro Nacional del Deporte.
Por esta situación, Manyari va en queja ante la FIVB, y ésta, con fecha 10 de julio del 2001 y oficio Nº 126/ RAH-IM-01 se dirige a Manyari como presidente de la FPV, con copia al COP, CSV y al IPD donde manifiesta que ha tomado conocimiento de la ingerencia del IPD en asuntos de la FPV, sin consultar con su máximo organismo y como consecuencia de ello se han visto obligados a suspender indefinidamente a la FPV.
No obstante
el señor Víctor Manyari, a pesar de haber sido destituido por el IPD, amparado
en los estatutos de la FIVB promovió un proceso electoral, el domingo 15 de julio de 2001, del que salió elegido el señor
César Vertiz para el periodo
2001-2005, quien no logró del IPD, en ese momento, la inscripción de la
Federación en los Registros Nacionales, por los motivos expuestos
anteriormente.
El
acto electoral de Vertiz se efectuó, gracias al comité electoral presidido por
Ernesto Montañés, quien informó a los presidentes de las ligas provinciales y
distritales del voleibol a nivel nacional, en oficio circular Nº 001 del 2 de
agosto de 2001, que el “sufragio electoral” se había cumplido en
cumplimiento a la Resolución Nº 140 del IPD, proclamándose ganador de los
comicios a la lista Nº 2, integrada por: César Augusto Vertiz Mezzano
(presidente), Víctor Raúl Ruiz Larrea (vice presidente), Fernando Thomas Ávila
(secretario), Luis Alberto Sayas Reynaga (tesorero), Juan Del Valle Castro
Romero (vocal Organización Deportiva), Pedro Chunga Puescas y Patricia Alvarado
de Anco (vocales).
La caducidad de inscripción de la Federación Peruana de Voleibol generó una anarquía y tres agrupaciones iniciaron acciones para dirigir la nueva Federación Peruana de Voleibol: el primero liderado por César Vértiz (representante de la FIVB), otro por la ex voleibolista Carmen Pimentel (protegida del IPD) y Eugenio Maestri (sin padrino), quienes se dijeron de todo en pos del sillón presidencial, destacando los dimes y diretes entre Vertiz y Pimentel.
VEEDORES
FIVB
Toda esta situación produjo el entrampamiento del Voleibol Peruano. El Instituto Peruano del Deporte al final tuvo que ceder y con la Federación Internacional iniciar una serie de coordinaciones para dar solución a la situación del voleibol nacional y como fruto de las constantes coordinaciones, la FIVB envió a dos delegados a nuestra capital, Drs. Rafael Lloreda y Luis Mendoza, quienes sostuvieron conversaciones con cada uno de los involucrados, y con el IPD, con la finalidad de lograr una solución y levantar la suspensión internacional que pesaba sobre esta disciplina.
Luego de intensas conversaciones de los delegados internacionales con las tres partes involucradas, Vértiz, Pimentel y Maestri, firmaron un Acta de Compromiso del Voleibol Peruano (18 de marzo del 2002), donde entre otros puntos acordaron celebrar un Congreso Universal con el propósito de realizar nuevas elecciones.
Con fecha 19 de marzo de 2002, el IPD envía una comunicación a la FIVB donde asume formalmente el compromiso de facilitar el desempeño del Comité Transitorio de Unidad del Voleibol Peruano (CTUVP) para garantizar la legitimidad y legalidad del proceso electoral en que las bases del voleibol peruano elegirían a su Consejo Directivo.
El 10 de abril de 2002, se instala el Comité Transitorio de Unidad del Voleibol Peruano en presencia de las máximas autoridades de IPD y de la Confederación Sudamericana de Voleibol, el Dr. Eduardo Schiantarelli y el Sr. Luis Moreno respectivamente.
Posteriormente en una reunión sostenida con el Sr. Edgardo Colunge Presidente CTUVP, se le manifestó el apoyo que el IPD le otorgaría para el cumplimiento del propósito de su gestión: Realizar el Congreso Universal el día 29 de setiembre de 2002.
EL PACTO DEL
DIABLO
Con
todo este panorama había muchos vacíos, y no se resolvería sólo con un
Congreso Universal. El Sr. César Vértiz no tenía Asociación, así que para
solucionar ese impase se unió a Carmen Pimentel, dejando boquiabiertos a
propios y extraños, acción que se conoce como el “pacto
del diablo”. El 19 de Agosto de
2002, ambos dirigentes firman un comunicado dirigido a sus colegas en la que
expresan las razones de su unión: “(...) Por
este motivo, los que nos sentimos comprometidos con el desarrollo del Voleibol y
representantes de las ligas de todo el país, no podíamos permanecer inertes,
viendo como nos dividíamos más, dando lugar a la aparición de algunos
protagonistas que quisieran ganar “a río revuelto”; Hemos tomado la DECISIÓN
HISTÓRICA de UNIFICARNOS por voluntad propia para evitar más divisionismo
y lucha fratricida entre colegas dirigentes. Ha llegado la hora de reconciliación
y unificación de la gran familia del voleibol peruano”.
En
esta supuesta reconciliación César Vértiz iba como Presidente y Carmen
Pimentel como Vice Presidenta, cargo que no ejerció pues al poco tiempo ella
pidió Licencia temporal y desde el 2002 vive en Italia. Según los
especialistas como Pepe Troncon, la Licencia temporal no puede ser
cinco años y tampoco puede ser indefinida. No obstante el IPD en su reciente
resolución Nº 0012 – 2007 – P/CD-IPD del 21 de Marzo de 2007 firmada por
el Presidente del IPD Arturo Woodman consignan en la Vice Presidencia a Carmen
Pimentel. Además hay un apunte que
señalar, Vértiz para que sea Presidente de la Asociación de Carmen Pimentel
que luego se denominaría Federación Peruana de Voleibol tenía que ser miembro
fundador y nunca lo fue, sin embargo ha sido reconocido por el IPD.
¿QUÉ PASÓ CON EUGENIO MAESTRI?
Y
se preguntaran dónde quedó la figura de Eugenio Maestri, simplemente para el
IPD no existió a pesar que envió 9 oficios, y una vez que obtuvo su partida
registral con fecha 27 de setiembre de 2001, hasta presentó un expediente al IPD
que ingresó el 16 de octubre de 2001 con el Nº 16648 solicitando la aprobación
de estatutos y reconocimiento del Consejo Directivo de la Asociación Civil
Deportiva Federación Peruana de Voleibol.
Maestri
en conferencia de Prensa del 14 de diciembre de 2001, indicó que no recibió
ninguna respuesta del IPD. Ese mismo día había enviado una carta al Consejo
Directivo del IPD exponiendo que habiendo transcurrido 59 días calendarios y 42
hábiles, siendo el plazo máximo de Ley de 30 días hábiles para que el
Consejo Directivo del IPD resuelva, se había producido el Silencio
Administrativo Positivo. De acuerdo a la ley del procedimiento Administrativo,
artículos 33, 188, el silencio aludido se consideraba equivalente a una
Resolución, por lo que “nuestra institución es legalmente la única Federación
Peruana de Voleibol validamente constituida”.
Para
su mala suerte la lista de Maestri fue tachada y no pudo presentarse a las
elecciones del 29 de setiembre de 2002, a pesar de haber firmado el Acta de
Compromiso del Voleibol peruano con fecha 18 de marzo de 2002 junto a los
veedores Drs. Rafael Lloreda y Luis Mendoza, por lo que en vista de estos
atropellos, el dirigente optó por el retiro.
Además
está el hecho que existiendo ya una Asociación con la denominación Federación
Peruana de Voleibol, otra Asociación distinta presta su partida registral para
darle vida a la otra federación homónima, cuando eso es ilegal.
Si
Maestri presentó primero su título el 21 de agosto de 2001, cómo Vértiz puede
presentar su título con fecha 26 de diciembre de 2002 y con el mismo número de
partida registral de la Asociación Deportiva de Voleibol de Carmen Pimentel,
que modificó sin la presencia de Vértiz, un año antes, la denominación de su
Asociación con fecha 19 de noviembre de 2001 y cuyo título fue presentado a
Registros Públicos un día después.
Es bien cierto que sí Maestri quisiera en este momento hacer valer sus derechos por la vía judicial, ganaría, porque se han presentado una serie de irregularidades que un justo juez no toleraría, pero como el dirigente ha preferido alejarse de todo este marasmo, la lucha queda en potestad de otros frentes.
El
IPD tiene mucho que investigar y si le dio una resolución de reconocimiento al
Sr. César Vértiz y no conocía estos antecedentes se debe suponer que la actual
dirigencia del Sr. Arturo Woodman fue sorprendida pero ahora que ya los conoce
esta en la obligación de corregir porque sino estaría avalando llamémosle:
¿Error o un acto de corrupción?.
ELECCIONES SUCESIVAS
De
otro lado, es importante precisar que cuando fue promulgada la Ley de Promoción
y Desarrollo del Deporte 28036, el 24 de julio de 2003, todas las federaciones
debían convocar otra vez a elecciones. El artículo 46º dice que los miembros
de la junta directiva de una federación serán elegidos por un periodo de
cuatro años. Como el deporte peruano se rige por el ciclo olímpico y también
por las normas internacionales, las federaciones tenían que hacer sus
elecciones al concluir el mismo, es decir en el 2004.
En
el caso del voleibol, habían transcurrido sólo dos años del periodo de César
Vértiz, pero se convocó a elecciones a fines de 2004 y en una elección
muy cuestionada, donde todo se hizo en un día: nombrar un comité electoral,
presentar candidaturas y las elecciones. Vértiz salió electo, pero la otra
lista opositora (Movimiento de Modernización del Voleibol Peruano) que perdió
la elección impugnó las elecciones y desde entonces no han parado en su lucha
porque se convoque a una nueva elección. En todo este proceso se publicó una
Ley modificatoria, la 28523, para validar los procesos electorales, en vista que
la ley 28036 exigía que las federaciones cuenten con ligas departamentales o
regionales, y éstas ante la imposibilidad de tenerlas porque su realidad es
distinta a lo que quería la Ley, se cobijaron en dicha Ley.
En el caso del voleibol, la asamblea se dio, después de muchas conversaciones, y hasta la alta dirigencia fue muy contemplativa porque la Ley facultaba al IPD, que en caso de no resolver las federaciones la situación de impugnación u observación por parte de sus organismos de base, nombrar automáticamente una comisión transitoria, pero no lo hizo y firmó un acta de entendimiento, en la que se indicaba que había una comisión veedora y que se tenía que convocar a elecciones, en caso contrario recién se aplicaría la comisión transitoria de acuerdo a Ley, pero la astucia de Vertiz pudo más y se las ingenio para que se redacte un documento favorable a él, que hasta el mismo IPD ni cuenta se dio de su error, calificándolo Iván Dibós de “lapsus”.
En el famoso punto quinto, se escribió "salvo decisiones provenientes de sus organismos de bases", frase que le valió para que en la Asamblea del 26 de noviembre de 2005 convenciera a su auditorio que podía extenderle el mandato hasta el 2008, y ante la propuesta de ratificación por la liga de Lambayeque, el pedido fue sometido a votación a mano alzada con los votos favorables de 34 a 9, lo que se rubrico con una bulliciosa celebración y las felicitaciones respectivas de cada uno de los votantes.
La
comisión veedora como su nombre lo indica es solo observadora, ejerció sus
funciones de manera reservada, presento su informe al IPD y según trascendió,
en su informe no se avalo dicho acto, lo que hizo que sorpresivamente días
después, Vértiz proclamara públicamente que a pesar de recibir el apoyo de las
bases convocaría a elecciones. “No
tengo problemas en convocar a elecciones porque las bases me apoyan y me van a
reelegir", anotó.
El desconcierto fue total y parecía que el IPD impondría su autoridad al expresar que se nombraría una comisión transitoria de acuerdo a Ley. Sin embargo, Vértiz como era de suponer acudió en queja a la FIVB, de la cual recibió su respaldo total e inclusive se dio una amenaza de por medio indicando el organismo internacional que si se nombraba una comisión transitoria, Perú no participaría en el próximo mundial de Voleibol en Japón 2006. La carta fue dirigida a César Vertiz (Presidente) y Carlos Ganoza (Presidente Interino) con fecha 10 de enero de 2006.
Esta situación provocó que el IPD responda en la gestión de Iván Dibós a la FIVB y explique la situación en que se maneja el deporte peruano y que no hay intervención política sino una Ley que determina ciertas acciones. Así que se firmó un nuevo acuerdo entre el IPD (Iván Dibós) y la FPV (César Vértiz) en presencia del veedor de la FIVB (Rafael Lloreda). El referido acuerdo decía que las elecciones debieron haberse realizado a más tardar el 31 de Mayo de 2006, pero ponía la condición que siempre y cuando se modifique el artículo 44º de la Ley 28036 que decía: "Los organismos de bases de una federación son las ligas departamentales o regionales. Se gobiernan por la Asamblea de bases y su directorio". También indicaba que de mantenerse todo igual: "Los acuerdos relativos al proceso electoral adoptados mediante este compromiso quedarían en suspenso". Entonces bajo esas circunstancias sería imposible realizar una elección, pero como siempre los acuerdos del IPD le han dado una salida a Vértiz, en el primer punto del acuerdo denominado "Acta de compromiso" se encuentra la explicación para tanta osadía: "La Federación Peruana de Voleibol y el Instituto Peruano del Deporte reiteran su acatamiento ante la FIVB, reconociéndola como autoridad máxima de la disciplina del voleibol".
El IPD al reiterar su acatamiento que significa sumisión, reconoce con su firma que esta por debajo de la Federación Internacional, y al reconocer eso, Vértiz puede decir con todo el aval que le da un acuerdo internacional: es una Supraley.
Vertiz realizo su proceso eleccionario realizado el 2 de setiembre de 2006, en su local sede, Puerta 15 del Estadio Nacional, en la que participaron 19 ligas, prolongando su mandato hasta el 2008. 17 votos fueron para la lista 1 encabezada por Vértiz que fue la única, habiendo una abstención y un voto en blanco. El acto, se realizó en estrictas medidas de seguridad (guardaespaldas), y fue presenciado por el observador del IPD Mario Romero y una Comisión veedora integrada por Julia Barrera y José Escudero, que exigió según refiere Vértiz que el lugar donde se iba a realizar la elección sea el mismo donde se acreditaron los representantes de cada liga identificados con una credencial.
El ratificado Presidente expresó en declaraciones al programa "Goolazo" de Radio Callao, que recién (posterior al plazo) realizaba el acto electoral para evitar que la FPV quede sin dirigencia legalmente constituida a fin de año, ya que en el referido acuerdo su mandato duraba hasta el 31 de diciembre de 2006.
"Había una promesa de variar la Ley pero no ha sido variado y habiendo habido cambio de gobierno, nos ha parecido conveniente para no esperar la hora nona y que el 31 de diciembre esta federación se quede sin dirigencia legalmente constituida. Hemos hecho la consulta ante la FIVB y ante la sudamericana y la disposición ha sido cúmplase lo acordado antes que llegué el último día que legalmente este constituido y por lo tanto este acuerdo que es Supraley, que está por encima de las leyes peruanas, sea llevado a cabo con los resultados que Uds., han visto, el 90% de la gente se ha pronunciado por la continuidad por estos dos años 2007-2008... y de allí tendrán que haber elecciones para un periodo de cuatro años pero adelantar eso todavía es muy temprano".
¿Esta elección es válida?. “Esta elección por sus cuatro costados es válida. Nosotros estamos inscritos en los Registros Públicos, somos una Asociación de Derecho civil sin fines de lucro y por lo tanto nuestros actos son totalmente libres de cualquier cosa ajena a ella. Con lo que ha pasado hoy día, esto es lo que va ir a los Registros Públicos y los Estatutos inscritos dicen que las bases son las únicas que pueden poner o quitar, no es la internacional ni el IPD. Las bases concluyeron en una elección en el año 2002 que dio lugar a que se inscribiera hasta el 31 de diciembre de 2006. Nosotros somos una institución de derecho privado sin fines de lucro basado en una Ley de Sociedades por lo tanto el Código Civil es el que nos rige y nos manda”, anotó Vértiz.
Sobre si el IPD le diese la resolución de reconocimiento a su junta directiva, Vértiz indicó: “Hemos cumplido y los que tengan que ver acá tienen que actuar como corresponde, simple y llanamente se ha cumplido el acuerdo Supraley con el IPD, con la comisión veedora y la FIVB. Para estar dentro del círculo deportivo es que se tiene que cumplir una serie de requisitos que nos exige la propia Ley, el propio IPD, que nos reconoce para el apoyo económico e infraestructura, pero el día que no nos reconozca no significa que no dejemos de ser Federación de Voleibol. Vuelvo a repetir en esta casa van estar sólo la familia del voley, y aquellos por más inscritos en los Registros Públicos pero que no están aprobados por esta federación, tendrán que buscar dónde jugar voleibol, de repente en su casa”.
César Vértiz refirió que de este acto electoral tenía conocimiento todo el Perú, y que además publicó la convocatoria a Asamblea eleccionaria en el Diario La República y realizó la invitación a cada una de las ligas por citación. Asimismo dijo que se ha comunicado del acto electoral a la FIVB, la CSV y por cortesía a la NORCECA.
Para
corregir los vacíos de la Ley 28036 en su artículo 44º, ya se promulgó la
Ley modificatoria 28910, en la que son consideradas no sólo las ligas
departamentales o regionales, sino las ligas distritales o provinciales o los
clubes. También hay una disposición transitoria única: Las Federaciones
Deportivas Nacionales con procesos electorales en curso, se adecuaran a la
presente Ley.
EL
IPD, por su imagen, por el bien del voleibol peruano, independiente de sí le
sigue dando
todo su apoyo al Sr. César Vértiz debería emitir un pronunciamiento al
respecto, porque callar ante todos estos argumentos en nada beneficia al deporte
de los mates y más bien contribuye a que la división continúe en beneficio de
unos cuantos, lo que ya no puede seguir.
Judith
Chuquipul Torrejón
C.P.D.P.
432 LM
AIPS
PER 00101
Zhejumigudeportes - Edición XI - Año IV - Mayo 2007